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Información útil para presentar un recurso de revisión

El recurso de revisión es el medio legal con el que cuentan los particulares para impugnar la respuesta de los sujetos obligados a sus solicitudes de acceso a información pública, ya sea que se les haya negado el acceso a determinada información, se le haya dicho que los documentos son inexistentes, si consideran que la información que se les proporcionó es incompleta o no corresponde a la solicitud que formularon.

En el caso de las solicitudes de acceso y corrección de datos personales, los particulares también pueden presentar el recurso de revisión si se les negó el acceso a los mismos, se los entregaron en un formato incomprensible, les negaron la posibilidad de modificarlos o no les respondieron en el plazo establecido.

En el evento de que usted esté inconforme con la respuesta proporcionada, hacemos de su conocimiento que para los efectos del recurso de revisión previsto en el artículo 142 de la Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública, usted cuenta con 15 días hábiles siguientes a la fecha de la notificación de la respuesta, para interponerlo ante el Instituto Nacional de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales (INAI), ubicado en Av. Insurgentes Sur 3211, Delegación Coyoacán, Colonia Insurgentes Cuicuilco, Código Postal 04530, en la Ciudad de México. Puede hacerlo mediante escrito libre o utilizando el formato proporcionado por el (INAI), que se encuentra en la dirección electrónica http://inicio.ifai.org.mx/SitePages/AIP-Como-realizo-una-solicitud-de-informacion.aspx?a=m4.

Cabe mencionar que el funcionamiento de la liga al formato del INAI no es responsabilidad de Banco de México. Corresponde al INAI su publicación y actualización.